Todas nuestras actividades se orientan a generar un impacto positivo en beneficio e interés colectivo (BIC) y se implementan en la prestación de nuestros servicios de consultoría, investigación y capacitación conforme a los estatutos sociales y bajo la marca registrada NATULEADAN.
Esta política de impacto socio ambiental para el bienestar e interés colectivo es aplicable en todos los niveles, a todos los colaboradores y partes interesadas, que incluyen administradores, representantes legales, clientes, terceros, trabajadores, comunidad, gobierno local, vecinos y demás interesados.
Política No. 1: De la actuación con impacto socio ambiental
Debemos establecer que cada acción, decisión o actividad se enmarque en alguna de las áreas de impacto. Todas las intervenciones realizadas por administradores, trabajadores, clientes, proveedores o terceros deben manifestar de forma clara y explícita cuál de las áreas de impacto (Gobernanza, Capital Laboral, Comunidad, Medioambiental o Clientes) se relaciona con la actuación.
Política No. 2: Del impacto en la gobernanza
Debemos permitir que (1) en el área de Gobernanza se reconozca: (1.1) el interés de la compañía y de sus accionistas, (1.2) se evalúen las consecuencias a largo plazo de las operaciones y (1.3) se considere el mantenimiento y resguardo de la reputación y el buen nombre institucional. Cada actuación debe incluir una evidencia tangible o acto que permita demostrar que está alineada a esta área de impacto de la gobernanza.
Política No. 3: Del impacto en el capital laboral
Debemos dirigir las acciones relativas al (2) Capital Laboral mediante: (2.1) el establecimiento de prácticas orientadas a la remuneración justa, (2.2) la capacitación subsidiada y la representación equitativa, así como a la generación de oportunidades laborales que contemplen modalidades flexibles y opciones de teletrabajo. Además, se debe (2.3) permitir la difusión de los estados financieros entre todos los trabajadores, de manera que cada actividad se vincule a la mejora de las condiciones y al desarrollo integral del capital humano.
Política No. 4: Del impacto en la comunidad
Debemos promover en el ámbito de (3) la Comunidad para : (3.1) el desarrollo de relaciones sociales y comerciales con acreedores, proveedores y clientes, (3.2) reconociendo el impacto de las operaciones socioeconómicas sobre el entorno. Esto implica (3.3) incentivar la participación en actividades de voluntariado y en alianzas con fundaciones de interés real, así como (3.4) priorizar la contratación de servicios locales, con énfasis a la inclusión de mujeres y minorías en el proceso productivo.
Política No. 5: Del impacto en el medio ambiente
Debemos analizar y registrar el impacto de las actividades en (4) el área Medioambiental, considerando (4.1) la relación de las operaciones con el respeto a los derechos de la naturaleza. Se debe realizar el (4.2) seguimiento del efecto de las operaciones en el medio ambiente, y (4.3) vigilar de forma sistemática el uso de la energía, agua, suelo, aire desde su adquisición hasta la optimización del consumo, cuantificado y documentado.
Política No. 6: Del impacto en los clientes (y proveedores)
Debemos enfocar las actividades relacionadas con (5) los Clientes en (5.1) la definición y la prestación de servicios que contribuyan a la generación de ingresos o a la optimización de sus negocios, (5.2) atendiendo a la satisfacción de necesidades básicas y de salud preventiva, y (5.3) promoviendo servicios con un enfoque educativo o de conservación cultural. Cada acción deberá cuantificarse y relacionarse con este ámbito de impacto.
Política No. 7: Del registro y documentación de la información
Debemos permitir que documentación del impacto se almacene de forma segura por lo que cada acto deberá ser anonimizado mediante la eliminación de los datos identificadores con herramientas de borrado físico o digital como tachones o marcadores negros. Una ves anonimizado el documento se le deberá asignar un código bajo el formato: RUC o NUI (10 ó 13 números)/año(aa)/mes(mm)/día(dd)/número(001). Ejemplo: 090101010101001250101001. Este procedimiento es de carácter obligatorio por nosotros y de forma opcional por el cliente, proveedor, parte interesada u otro relacionado.
Política No. 8: De la comunicación y del gestor de impacto
Debemos establecer mecanismos de comunicación que permitan a toda persona involucrada en las actividades de la organización declarar el área de impacto a la que se relaciona cada intervención. Esto incluye la integración de formatos y registros en los procesos administrativos y operativos, asegurando que la manifestación del área de impacto se encuentre documentada y accesible para fines de seguimiento y análisis institucional. El gestor del impacto operativo conforme los estatutos sociales es el gerente general y el casillero asignado es [email protected].
Política No. 9: De la gestión de la información
Debemos registrar toda información generada o recibida durante nuestras operaciones de manera organizada, precisa y conforme a los principios establecidos en nuestra política de privacidad y tratamiento de datos. Esta información debe permitir relacionar cada actividad, proceso o decisión con al menos una de las cinco áreas de impacto definidas: Gobernanza, Capital Laboral, Comunidad, Medioambiente y Clientes. Al finalizar el periodo anual, la compañía elaborará un documento que compila las actuaciones de forma general bajo la metodología internacional B Lab.
Política No. 10: De la protección de los datos
Debemos manejar todos los datos con confidencialidad, respeto y en cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos personales y organizacionales. El uso de esta información será exclusivamente para fines de mejora, monitoreo y verificación del impacto de nuestras acciones. Queda prohibido cualquier uso indebido, manipulación o divulgación no autorizada. La autoridad local podrá solicitar de manera directa la documentación de la información elaborada para verificar el cumplimiento del impacto conforme a la Ley de sociedades con impacto BIC y otras leyes conexas.
Política No. 11: Del acceso de la información
Debemos requerir a toda persona natural o jurídica vinculada a la organización que facilite sin restricciones el acceso a registros, documentos o información necesarios para verificar el alineamiento con esta política en los casos que sea necesario. Esta disposición prevalece sobre cualquier acuerdo de confidencialidad, contrato o compromiso previo, sin que ello implique afectación de derechos conforme al marco legal.
Política No. 12: De la consecuencia del incumplimiento
Debemos establecer que la negativa a proporcionar información o limitar el acceso a documentación relacionada con el impacto ó que impida el correcto registro anónimo será considerada una falta grave a la presente política y al estatuto social. Esta situación dará lugar a la terminación inmediata de la relación laboral, comercial o de cualquier otra naturaleza, sin necesidad de notificación previa ni derecho a reclamo posterior.
Disposiciones finales
La presente política se basa en los requisitos para sociedades que adopten el estándar BIC y en los principios de gestión de impacto definidos por la metodología B Impact Assessment desarrollada por B Lab, específicamente en su versión 6, la cual establece criterios integrales para la evaluación del desempeño empresarial en cinco áreas clave: Gobernanza, Capital Laboral, Comunidad, Medioambiente y Clientes.
Esta política ha sido complementada con lineamientos establecidos por otras normas de referencia como la ISO 26000 sobre Responsabilidad Social, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, los principios de economía de impacto propuestos por el Impact Management Project, y las directrices de la Global Reporting Initiative (GRI).
La alta dirección debe a asignar los recursos necesarios para la implementación, seguimiento y mejora de esta política, exigiendo su difusión y la participación activa de todos los clientes, proveedores, acreedores y partes interesadas, con el firme objetivo de generar un impacto del beneficio e interés colectivo en cada una de nuestras actividades.
Esta política será revisada periódicamente para asegurar su vigencia y pertinencia en la prestación de nuestros servicios bajo la marca NATULEADAN.
Última actualización realizada el 3 de abril de 2025.
ANEXOS